Mediación familiar

Convenio regulador en el divorcio: qué es y qué debe incluir

El convenio regulador es el documento que fija custodia, pensión, vivienda y bienes en el divorcio. Aprende a redactarlo por mediación, sin pleito.

Judit López·Junio de 2026

Qué es el convenio regulador y para qué sirve

El convenio regulador es el acuerdo escrito que las dos partes presentan al juzgado junto con la solicitud de divorcio de mutuo acuerdo. El juez lo revisa, comprueba que no lesiona los derechos de ninguno ni perjudica a los hijos menores, y si lo aprueba, lo incorpora a la sentencia de divorcio.

Sin convenio regulador no hay divorcio de mutuo acuerdo. Y un convenio mal redactado —con lagunas, ambigüedades o puntos que no se han pensado bien— suele ser el origen de los conflictos más frecuentes después del divorcio. Por eso vale la pena dedicarle el tiempo y la atención que merece.

La mediación familiar es el proceso más adecuado para redactar el convenio, porque permite trabajar cada punto con calma, escuchar a ambas partes y llegar a acuerdos que las dos personas puedan cumplir con convicción, no solo de papel.

Qué materias debe regular el convenio

El artículo 90 del Código Civil establece las materias mínimas que debe incluir el convenio regulador cuando hay hijos menores o cuando resulta necesario regular el patrimonio común. Estos son los bloques principales:

  • Guarda y custodia: quién ejerce la custodia (compartida, exclusiva o partida), con qué modelo de convivencia y cómo se toman las decisiones importantes sobre los hijos.
  • Régimen de visitas y comunicaciones: calendario habitual, vacaciones, festivos, días especiales y cómo se gestionan los cambios imprevistos.
  • Pensión de alimentos: cuánto paga cada progenitor para cubrir los gastos ordinarios de los hijos, cómo y cuándo se actualiza, y qué cubre exactamente.
  • Gastos extraordinarios: cómo se reparten los gastos no ordinarios (ortodoncia, actividades extraescolares, viajes escolares). Quién tiene que consentir y qué pasa si hay desacuerdo.
  • Uso de la vivienda familiar: quién se queda en la vivienda, durante cuánto tiempo y en qué condiciones. Si hay hipoteca, cómo se gestiona mientras tanto.
  • Pensión compensatoria: si uno de los cónyuges sufre un desequilibrio económico por el divorcio, puede establecerse una pensión compensatoria, indefinida o temporal.
  • Liquidación del régimen económico matrimonial: reparto de bienes gananciales o de los adquiridos en común, si los hay. Puede completarse en el mismo convenio o en escritura notarial posterior.

Convenio por mediación vs convenio en un juicio

Cuando el divorcio es de mutuo acuerdo, el convenio lo redactan las propias partes —normalmente con la ayuda de un abogado o de un mediador— y se presenta al juzgado para su aprobación. El proceso es ágil y las dos partes controlan el resultado.

Cuando el divorcio es contencioso —porque no hay acuerdo—, es el juez quien fija las medidas en sentencia. Esas medidas pueden diferir bastante de lo que cada parte esperaba, el proceso es más largo y más costoso, y la relación entre las partes suele salir deteriorada.

La mediación es la herramienta para ir del escenario contencioso al de mutuo acuerdo. En las sesiones trabajamos cada punto del convenio hasta alcanzar un texto que ambas partes puedan firmar convencidas. El acuerdo lo redacto yo como mediadora, y después vuestro abogado lo incorpora en el procedimiento judicial.

Homologación judicial: qué significa y cómo funciona

Una vez que las dos partes han firmado el convenio regulador, este se presenta al juzgado junto con la demanda de divorcio de mutuo acuerdo. El juez —o el letrado de la Administración de Justicia, en los casos que lo permiten— revisa el convenio y, si no aprecia nada que perjudique a las partes o a los hijos, dicta la sentencia de divorcio incorporando el convenio.

Desde ese momento el convenio homologado tiene fuerza ejecutiva: si alguna de las partes incumple lo pactado —no paga la pensión, no respeta el calendario de visitas—, la otra puede reclamarlo directamente en el juzgado sin necesidad de un nuevo juicio declarativo.

En casos sin hijos menores y sin bienes inmuebles, la Ley de Jurisdicción Voluntaria permite tramitar el divorcio de mutuo acuerdo ante notario, sin necesidad de acudir al juzgado. En la consulta os explico qué vía es más adecuada para vuestro caso.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

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  • Una vez homologado por el juez, sí. El juzgado revisa que el convenio no perjudica a ninguno de los firmantes ni al interés de los hijos menores, y si lo aprueba, dicta una sentencia de divorcio que incorpora el convenio. Desde ese momento tiene fuerza ejecutiva: si alguien incumple, se puede reclamar judicialmente sin necesidad de un nuevo juicio.

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